Pasar más de 183 días en Chipre durante un año natural cumple el criterio de residencia fiscal de la regla de los 183 días. Los días de llegada cuentan; los de salida no. Llegar y salir el mismo día cuenta como un día en Chipre; salir y regresar el mismo día cuenta como un día fuera de Chipre. También puede aplicarse una regla independiente de 60 días si se cumplen condiciones adicionales.
https://taxsummaries.pwc.com/cyprus/individual/residence