Puede ser considerado residente fiscal en España si permanece más de 183 días en España durante el año natural. También puede existir residencia fiscal en España si el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos se encuentra en España. Las ausencias esporádicas pueden computarse para determinar el límite de 183 días, salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764
Residencia fiscal en España
Más de 183 días en España durante el año natural actual