Para residentes permanentes: una ausencia superior a dos años puede causar la cancelación, salvo autorización. Este contador utiliza un umbral conservador de 730 días.
https://www.gacetaoficial.gob.pa/storage/gacetas/2008/02/25986/GacetaNo_25986_20080226.pdf
Visa de Países Amigos
Residencia permanente · Límite de ausencia