Controla 60 días de presencia física efectiva en Uruguay durante el año natural para la prueba de residencia fiscal basada en inversión. Esta prueba también exige una inversión inmobiliaria en Uruguay de más de 3.500.000 UI, adquirida a partir del 1 de julio de 2020, y que el inmueble siga siendo de tu propiedad a 31 de diciembre. Las ausencias esporádicas no cuentan para el requisito de presencia de 60 días. Cumplir únicamente el número de días no establece la residencia fiscal.
https://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/causales-residencia-fiscal